REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 18 de abril de 2011
ASUNTO: AP21-S-2011-000730
Recibida y presentada transacción por el monto de Bolívares Cuarenta Mil exactos (Bs. 40.000,00) el día viernes miércoles 13 de abril del presente año, por el ciudadano Jesús Mejías, cédula de identidad N° 13.124.109, en su carácter de parte oferida, asistido por el abogado Noslen Tovar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 112.059 y el abogado Jesús Leopoldo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 97.802, en su condición de apoderado judicial de la parte oferente Técnica Alimenticia SC, C.A., se procedió a revisarla, observándose que presenta una relación circunstanciada de los hechos que la motivaron, como el derecho en ella contenido, que no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, que se logró libre de apremio y coacción, con el debido conocimiento de su contenido, cumpliendo pues con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 de su Reglamento, se homologa con fuerza de cosa juzgada, con excepción del desistimiento de la acción manifestado por la parte oferida, de conformidad con el criterio establecido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
La Jueza La Secretaria
Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Dayana Díaz
|