REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de abril de 2011
Años 200° y 152°

ASUNTO: AP21-L-2010-000744


Vista la transacción presentada el miércoles 27 de abril de 2011, por las partes y el tercer pago realizado con cheque N° 67598148 girado contra la cuenta corriente del Banco Venezolano de Crédito N° 0104 0026 18 0260007645, por el monto de Bolívares Veinte Mil exactos (Bs. 20.000,00), se dio cumplimiento a los términos planteados en el acuerdo logrado en fase de mediación y solicitada la homologación de la referida transacción, se revisaron sus términos, encontrándose que presenta una relación circunstanciada de los hechos y del derecho contenido en ella, cumpliendo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, que se logró libre de apremio y coacción, que no vulnera los derechos del ciudadano Jhon Carlos Bolaño Marchena, parte accionante en el presente asunto, se Homologa con fuerza de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.713 y 1.718 del Código Civil.

La Jueza La Secretaria

Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Dayana Díaz