REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de Abril de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP41-U-2010-000491 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
Visto el Escrito de Promoción de Prueba, presentados en hora de despacho del día 12 de abril del año 2011, por la ciudadana NAILLIW ANDRADE FLORES, titular de la cédula de identidad N° V-17.554.314, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.148, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la sociedad mercantil “AMERICAN AIRLINES INC”, constante de dos (02) folios útiles. Por cuanto las pruebas en él contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho dejando su apreciación para la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas y Admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO UNICO EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: De conformidad con el Artículo 436 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se ordena Oficiar a la Gerencia General del Servicio Jurídico Tributario del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria del Ministerio del Poder Popular para La Planificación y Finanzas (SENIAT) para que exhiba y traiga a los autos los respaldos, copias y/o comprobantes de consignación durante el periodo comprendido entre enero de 2005, hasta enero de 2010, donde se demuestran que la sociedad mercantil “AMERICAN AIRLINES INC”, venia presentando los manifiesto de carga a los que obliga la ley al día hábil siguiente al arribo de sus aeronaves de forma sistemática, rutinaria y constante.
Se le concede un plazo de ocho (08) días de despacho, contados éstos a partir de la notificación formal del requerimiento, para el cumplimiento de lo ordenado. Líbrense Oficios.
LA JUEZ
Abg. BERTHA ELENA OLLARVES LA SECRETARIA
Abg. DAYANA RALLO DI CARLO
Asunto Nuevo: AP41-U-2010-000491
BEOH/DR/YAJA.-
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