REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO: AH15-V-2008-000019.-

Visto el presente expediente y luego de una revisión exhaustiva de las actas procesales que integran el mismo, éste Tribunal observa:
Que el presente juicio es con motivo a una demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, interpuesta por los ciudadanos KETTY MATHEUS GONZALEZ, RAMIRO HERNÁNDEZ CONTRERAS y LUIS ANTONIO RODRIGUEZ GIMENEZ mayores de edad, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 33.334, 75.869 y 50.069, en su carácter de apoderados judiciales del BANCO FEDERAL C.A., institución Financiera domiciliada en la Ciudad de Coro, Estado Falcón, constituida según consta de documento debidamente inscrito en el Registro Mercantil que se lleva por ante la Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, bajo el Nº: 64, folios 269 al 313, Tomo III, el día 23 de Abril de 1982, modificado su documento constitutivo y Estatutos Sociales, conforme consta de documento inscrito ante la Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 04 de Junio de 1990, bajo el Nº 163, Tomo X, contra la ciudadana MARIA ELENA HURTADO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-11.423.420, domiciliada en la calle 08, Quinta Santa Bárbara, Nº 21, Urbanización Boyacá II, Barcelona Estado Anzoátegui.
Asimismo, vista la Resolución emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.978, de fecha 14 de Junio del 2010, en la cual se acordó INTERVENIR sin cese de intermediación financiera a la solicitante Sociedad Mercantil BANCO FEDERAL, C.A.
Que dicho órgano es el que tiene conferida por Ley la facultad de acordar la estatización o la intervención de Bancos, Entidades de Ahorro y Préstamo, otras Instituciones Financieras y sus empresas relacionadas, así como la decisión de acordar su rehabilitación o liquidación, igualmente, de determinar cualquier información que deban suministrar los entes sometidos a su inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control, así como el señalamiento de su forma y contenido, amen de que el ente liquidador puede intentar las acciones de nulidad de todos los actos de transmisión de la propiedad que hubieren tenido lugar, tanto de BANCO FEDERAL, C.A., como de sus empresas relacionadas, DENTRO DE LOS DOS AÑOS PREVIOS A LA ADOPCIÓN A LA MEDIDA DE QUE SE TRATE. Se acuerda Suspender la causa y NOTIFICAR previo el correspondiente pronunciamiento, a la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS y AL FONDO DE GARANTÍAS DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), para que expongan lo que a bien tengan en relación al presente expediente, de conformidad con lo estatuido en los Artículos 381, 400 y 504 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos Y Otras Instituciones Financieras. Líbrense Boletas de Notificación acordadas. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI.

Asistente que realizo la actuación: Francia.