REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Abril de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP11-S-2009-000407
SOLICITANTE: DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.635.751.-
ABOGADO ASISTENTE:
JOSE A. SANCHEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.192.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
EXPEDIENTE: AP11-S-2009-000407.-
Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentado por la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.635.751, debidamente asistida por el ciudadano JOSE A. SANCHEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.192. Asimismo acompaño a la solicitud original de la Partida de Nacimiento y fotocopia de la cédula de identidad, de la solicitante; original de la Partida de Nacimiento y fotocopia de la cedula de la ciudadana DE LOS SANTOS DE BRICEÑO DARIA NEMECIA.-
La Solicitante alego que en la Partida de Nacimiento en cuestión, el funcionario en la elaboración de la misma, incurrió en un error material, al asentar el nombre de la madre, en la que testaron “MARIA SANTOS DE BRICEÑO”, siendo esto incorrecto por cuanto lo correcto es “DARIA NEMECIA DE LOS SANTOS DE BRICEÑO”. Que de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, solicita se proceda a la Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE.-
En auto de fecha 13 de Abril del Año 2009, se Admitió la demanda, se libro Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Publico e igualmente se libro Edicto.-
En fecha 05 de Mayo del Año 2009, compareció la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, titular de la cédula de identidad Nº 5.635.751, debidamente asistida por el ciudadano JOSE SANCHEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.192, consignando Original de Edicto publicado en el Diario de Ultimas Noticias, en fecha 25 de Abril de 2009.-
En fecha 13 de Julio de 2009, si dictó auto en el cual este Juzgado, acuerda notificar nuevamente mediante Boleta al Fiscal del Ministerio Público, a fin de que exponga lo conducente en relación a la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento. Se libró Boleta de Notificación.-
En fecha 08 de Diciembre de 2009, compareció el ciudadano JAIRO ALVAREZ, en su carácter de Alguacil de este Circuito Judicial y consigno Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscalía Nonagésima Cuarta (94) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
En fecha 24 de Febrero de 2011, compareció la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, titular de la cédula de identidad Nº 5.635.751, debidamente asistida por el ciudadano WISTON JOSE CIANO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.431, solicitando que este Juzgado se pronuncie en la presente solicitud.-
En fecha 21 de Marzo de 2011, este Tribunal dictó auto en el cual se ordena librar nueva Boleta de Notificación a la Fiscalía Nonagésima Cuarta (94) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto la misma no ha emitido pronunciamiento en relación a la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento. Se libró Boleta de Notificación.-
En fecha 24 de Marzo de 2011, compareció la Abogada BLANCA MARCANO MORALES, en su carácter de Fiscal Nonagésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área de Caracas y manifestó que esa Representación Fiscal observa que se vienen cumpliendo con los requisitos de Ley.-
En fecha 05 de Abril de 2011, compareció el ciudadano JOSE RUIZ, en su carácter de Alguacil de este Circuito Judicial y consigno Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscalía Nonagésima Cuarta (94) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
En fecha 11 de Abril de 2011, compareció la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, debidamente asistida por el ciudadano WISTON JOSE CIANO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.486, solicitando se dicte sentencia.-
Estando dentro de la oportunidad legal para decidir, esta Juzgadora pasa hacerlo, previa las siguientes consideraciones:
En el presente caso se puede constatar con verdadera certeza Judicial, según se evidencia en la revisión de los recaudos consignados que solo se cometió un error material al asentar el nombre de la madre, como “MARIA SANTOS DE BRICEÑO”, siendo lo correcto, “DARIA NEMECIA DE LOS SANTOS BRICEÑO”.-
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana DARIA NEMESIA BRICEÑO DE ASUAJE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.635.751, en el siguiente término: donde dice: “…MARIA SANTOS DE BRICEÑO …”, debe decir: “…DARIA NEMECIA DE LOS SANTOS DE BRICEÑO”. Y ASI SE DECIDE.-
En consecuencia, se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juán del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen las Notas Marginales correspondiente en el Libro respectivo.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Veinticinco (25) días del mes de Abril del Año Dos Mil Once (2011). Años 201º de la Independencia y 151º de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI
AMCDM/LV/ER
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