REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
Republica Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de abril de 2011
Años 150° y 151°
Vista la diligencia suscrita por el abogado Petronio Arturo Silvio Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.735, mediante la cual solicitó la remisión del presente expediente al Juzgado A quo, de conformidad con lo establecido en el articulo 37 del Decreto Ley de Arrendamiento Inmobiliarios. Este Tribunal observa por cuanto en la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 28 de marzo del 2011, se ordenó notificar a las partes por cuanto la misma fue dictada fuera del lapso establecido en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se NIEGA dicha solicitud y se insta a la parte que gestione la notificación a la parte demandada-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RM/kl
Exp. N° 9992