REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, seis (6) de abril de dos mil once.
200º y 152º
ASUNTO: AP31-V-2009-003305.
PARTE ACTORA: LUPE SUSANA ALMEIDA DE STOCKHAUSEN.
APODERADAS JUDICIALES: MARÍA CAMPAGNONE, SULMA ALVARADO e YVANA BORGES ROSALES.
PARTE DEMANDADA: JHON NAVAS PERDOMO.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (PERENCIÓN ANUAL).
Se inicio el presente procedimiento mediante demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por vencimiento de la prórroga legal, interpusieron las abogadas Sulma Alvarado e Yvanna Borges Rosales, actuando como apoderadas judiciales de la ciudadana LUPE SUSANA ALMEIDA DE STOCKHAUSEN; contra el ciudadano JHON NAVAS PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12-416.593, admitida el 8 de octubre de 2009.
Por cuanto el Alguacil no logró citar al demandado, a petición de la parte actora, este Juzgado dictó auto el 18 de enero de 2010, mediante el cual ordenó la citación mediante carteles y se libró el respectivo cartel.
Es el caso que posteriormente la parte actora no compareció ante este Despacho a impulsar dicha citación. En razón a ello, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Tribunal, declarar que en el presente procedimiento se consumó la perención al transcurrir un año sin actuación de la parte actora y en consecuencia se extinguió la instancia.
No hay condenatoria en costas, de conformidad a lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese, publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada a los seis (6) días del mes de abril de dos mil once (2011), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA TITULAR,
VIOLETA RICO CHAYEB
En esta misma fecha (6-4-2011), y siendo las (8:40) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR,
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