REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 11 de Abril de 2011
Año 200° y 152°

ASUNTO N°: AP21-S-2011-000625

Vista la transacción presentada en fecha 4 de abril de 2011, suscrita por la parte Oferida, ciudadano ERASMO ALFREDO IZARRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.318.767, debidamente asistido por la abogada MARIBEL DEL VALLE HERNANDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 38.346, por una parte y por la otra la abogada SONIA FERNANDES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 57.815, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A. (anteriormente denominada SNACKS AMERICA LATINA VENEZUELA S.R.L. y SAVOY BRANDS VENEZUELA, S.R.L.) mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00), cancelados mediante cheque Nº 00958917, de la cuenta Nº 0108-0051-04-0900000012, del Banco Provincial, de fecha 21 de marzo de 2011, a nombre de IZARRA FIGUEROA ERASMO ALFREDO, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA

DARLYS ANCHETA