REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
PODER JUDICIAL
 
 
 
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
Año 200° y 152°
 
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
 
	
 
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003110
 
 
En el día hábil de hoy VIERNES 29 DE ABRIL DE 2011, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana HELEN BETZABETH CORREA RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N°13.312.331 contra la Sociedad Mercantil C.A. DAYCO CONSTRUCCIONES, y como terceros intervinientes el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO MIRANDA (INVITRAMI) y la GOBERNACION DEL ESTADO MIRANDA., anunciado como ha sido el acto  en  la  Sala  de Espera de los Juzgados de Sustanciación,  Mediación y Ejecución,  se deja constancia de la comparecencia de la abogada CAROLINA NODA HIDALGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.541, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil C.A. DAYCO CONSTRUCCIONES y de la abogada CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.708, en su carácter de apoderada judicial de la GOBERNACION DEL ESTADO MIRANDA y DEL INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO MIRANDA (INVITRAMI).  Asimismo se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora Ciudadana HELEN BETZABETH CORREA RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N°13.312.331, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que una vez transcurridos sesenta (60) minutos, este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
 
LA JUEZ                                                          
 
      
 
SADY CARDONA MORENO                                                           
 
                                            CAROLINA NODA HIDALGO
 
                                            APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE EMPRESA
 
                                            C.A. DAYCO CONSTRUCCIONES
 
 
CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ
 
APODERADA JUDICIAL DE LA GOBERNACION DEL ESTADO MIRANDA 
 
Y DEL INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO MIRANDA (INVITRAMI)
 
 
 
DARLYS ANCHETA
 
LA SECRETARIA
 
 
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