REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Catorce (14) de Abril de Dos Mil Once (2011).
200° y 152°
Visto que en fecha Veintiocho (28) de Julio de Dos Mil Diez (2010), fue juramentado como Juez Provisorio de este Juzgado por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela el ciudadano José Valentín Torres Ramírez, en virtud de ser concedido el beneficio de jubilación a la ciudadana Belkis Briceño Sifontes, tomando posesión de su cargo el día Trece (13) de Agosto de Dos Mil Diez (2010), se deja expresa constancia de su abocamiento al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien, vista la boleta de notificación librada mediante auto de fecha 2 de junio de 2010, dirigida a los abogados José Eliseo Arias Yañez y Lourdes Silva Capriles, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 722 y 9.516, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Benarroch y Casa Bera, S.A., parte recurrente en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, que interpusiera contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO CAPITAL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, mediante el cual se le informa por auto de esa misma fecha, que ha estado paralizada la presente causa, y en virtud de que el accionante no ha comparecido ni por si ni por medio de apoderados judiciales a fin de instar a que el Juez proceda a dictar sentencia, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el artículo 49 de la Carta Magna, fijó un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a partir de que conste en auto el recibo de su notificación, para que la parte interesada informe si persiste interés en el presente recurso, ahora bien, en vista que no se verificó la correcta notificación a los prenombrados ciudadanos, este Juzgado ordena librar nueva boleta de notificación en los mismos términos. Líbrese boleta.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp.0456/JVT/EF/FM.