Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, doce (12) de abril de dos mil once (2011).
200º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-005793
Vista el acta que inmediatamente antecede, levantada por este Despacho en esta misma fecha, con ocasión de la oportunidad fijada para la celebración de la AUDIENCIA UNICA en el presente procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 512 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la cual se evidencia que la solicitante, ciudadana SOLANGE JOSEFINA ALZURU, ampliamente identificado en autos, no compareció personalmente o mediante apoderado o apoderada judicial sin causa justificada a la referida audiencia, y tampoco comparecieron los testigos requeridos por este Despacho, a fin de que declararan sobre los particulares que señaló en su escrito libelar, en consecuencia, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en acatamiento a las disposiciones contenidas en el artículo 514 de la referida Ley, declara DESISTIDO el presente procedimiento, y en tal virtud, ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Se le advierte a la parte solicitante, que este desistimiento extingue la instancia, sin embargo podrá intentar nuevamente su solicitud, una vez haya transcurrido un (01) mes, contado a partir del día siguiente al de hoy. Cúmplase.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada, en el Despacho del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Caracas, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil once (2011), Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
FDO.
Abg. Jorge Gustavo Mirabal.
La Secretaria,
FDO.
Abg. Lucy Pedroza.


JGM/LP/Salvador Mata*