REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, doce (12) de agosto de 2011.-
Años 201° Y 152°

Por cuanto resolución Nº 2011-0043, de fecha 03.08.2011, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual este Tribunal Superior queda excluido de los Tribunales de guardia, quedando solo de guardia el Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme lo estipula el artículo 5 de la mencionada resolución y, siendo que el presente expediente es una acción de Amparo Constitucional de carácter Autónomo, se ordena su remisión para que el Tribunal de guardia lo tramite. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS DOMINGO MATA.
En esta misma fecha, se libró oficio.-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS DOMINGO MATA.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, doce (12) de agosto de 2011.-
Años 201° Y 152°

OFICIO Nº 2011-A-
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO SUPERIOR DECIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 10232, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la ciudadana ALBA LUCIA ZAPATA DE MEJIA, en contra del JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, constante de una (01) pieza de veintinueve (29) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de la resolución Nº 2001-0043, de fecha 03.08.2011, emanada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual este Tribunal Superior queda excluido de los Tribunales de guardia, quedando solo de guardia su despacho, conforme lo estipula el artículo 5 de la mencionada resolución.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Exp: 10232
VGJ/edward.