REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno de agosto de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: AP31-F-2010-001168
SOLICITANTES: YULEINA DE JESUS LAZARDE MARTINEZ y JULIO GERMAN MUÑOZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-14.036.842 y V.-12.938.322., respectivamente.
APODERADA JUDICIAL: ANA GAMARDO MEDINA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.57.944.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS (CONVERSION EN DIVORCIO)
Se inicia el presente proceso mediante solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada en fecha 07 de abril de 2010, presentada por los ciudadanos YULEINA DE JESUS LAZARDE MARTINEZ y JULIO GERMAN MUÑOZ HERNANDEZ, arriba identificados, ante la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas, Alegando que contrajeron matrimonio en fecha 17 de noviembre de 2007, por ante el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según Acta anotada bajo el Nº.29, y fijaron su domicilio conyugal en la siguiente dirección: Apartamento con las siglas E-09-C, tipo C, ubicado en el piso 9 del edificio Este del Conjunto Residencial Cima II de Mirávilla, Sector la fecha Carimao del Municipio Sucre del Estado Miranda, y no procrearon hijos.
En fecha 08 de abril de 2010, se dictó auto mediante el cual se decretó la separación de cuerpos y se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
El día 22 de marzo de 2011, compareció la solicitante consignó poder Apud Acta.
El 24 de marzo de 2011, compareció el solicitante y pidió se declarara la conversión en divorcio.
Mediante auto dictado el 1° de junio de 2011, se instó a los solicitante a consignar los fotostatos correspondientes a los fines de la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
El día 11 de julio de 2011, compareció la apoderada judicial y consignó los fotostatos correspondientes a los fines de notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 15 de julio de 2011, se ordenó librar la boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
El 21 de julio de 2011, compareció el ciudadano Eduard Pérez en su carácter de Alguacil adscrito a este Circuito Judicial y dejó constancia de haber notificado al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 22 de julio de 2011, compareció la Abogado ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Octava (108º) del Ministerio Público con Competencia en Protección Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y señaló no tener objeción alguna en relación a la solicitud.
Ahora bien, siendo la oportunidad legal para decidir este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Desde el 08 de abril de 2010, fecha en la que fue acordada la Separación de Cuerpos de los cónyuges, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año y que no existe prueba en autos de que haya operado la reconciliación entre los cónyuges durante el referido lapso.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes entre los ciudadanos YULEINA DE JESUS LAZARDE MARTINEZ y JULIO GERMAN MUÑOZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-14.036.842 y V.-12.938.322., respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de noviembre de 2007, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº. 29, consignada por los solicitantes.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Decimoprimero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, al primer (1°) día del mes de agosto de 2011. Años: 201° y 152º.
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