Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil once (2011)
201° y 152º

ASUNTO: AP21-S-2011-001467

Vista las presentes Transacciones y sus recaudos, presentados en fecha 03-08-2011, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 del Reglamento y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto los escritos de transacción presentados por las partes oferidas MARIA MONTOYA, titular de la C.I. V-6.687.981, HUMBERTO DURAN, C.I. V-18.311.780, ANYELI MARCANO, C.I. V-22.407.496, DORIS RAMIREZ, C.I. V-15.121.862, ALEXIS DELGADO titular de la C.I. V-15.975.205 y NOHEMI ROJAS titular de la C.I. V-8.184.958, asistidos por el abogado DELIA GONZALEZ, IPSA 134.564, y por el representante legal de la empresa OFERENTE SODEXHO DE VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A., abogado SIMON JURADO, IPSA N° 76.855, mediante la cual la oferente paga a los oferidos a su cabal y entera satisfacción la suma global de DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.F.226.876,56), distribuida de la siguiente manera: MARIA MONTOYA: la cantidad de Bs.26.116,70; HUMBERTO DURAN: la cantidad de Bs.26.515,51; ANYELI MARCANO: la cantidad de Bs.31.157,33; DORIS RAMIREZ: la cantidad de Bs.34.318,45; ALEXIS DELGADO: la cantidad de Bs.58.172,53, y NOHEMI ROJAS: la cantidad de Bs.50.596,04; cantidades estas con las que se dará por terminado el asunto, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación a los acuerdos transaccionales presentados por las partes y se de por terminado el presente asunto con respecto a estos trabajadores. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; HOMOLOGA los presentes acuerdos transaccionales en los términos expuestos por estas, y que constan en el expediente, ordenando agregar a los autos el presente escrito, asimismo se da por terminado el presente asunto solo en cuanto a los trabajadores MARIA MONTOYA, HUMBERTO DURAN, ANYELI MARCANO, DORIS RAMIREZ, ALEXIS DELGADO y NOHEMI ROJAS, quedando pendiente el procedimiento en cuanto a la trabajadora TONIA SILVA. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.



El Juez

Secretaria

Abog. Gilberto Alfaro
Abog. Dorimar Chiquito