REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003264
DEMANDANTE: HILDA MARGARITA MENDEZ DE LEÓN, venezolana, mayor de edad, Cédula de Identidad No. 5.618.019. NO COMPARECIO NI POR SI NI MEDIANTE REPRESENTANTE JUDICIAL.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: NO COMPARECIÓ.
DEMANDADA: SEGUROS HORIZONTE, C.A. e INVERSORA HORIZONTE, S.A.
APODERADA DE LAS CO-DEMANDADAS: NORIS AGUILERA STOPELLO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el número 40.245.
En el día hábil de hoy, diez (10) de agosto de 2011, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, que anunciado como ha sido el acto en la Sala de Comparecencia de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución a las 10:00 a.m de este día, este Tribunal deja constancia de la comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la abogada NORIS AGUILERA STOPELLO, arriba identificada en su carácter de apoderada judicial de las Co-demandadas las sociedades mercantiles INVERSORA HORIZONTE, S.A. y SEGUROS HORIZONTE, C.A. , en el presente procedimiento, a objeto de la celebración de la audiencia preliminar fijada para el día de hoy, carácter el suyo que se evidencia de poderes que en copia certificada original y copia simple respectivamente, se anexan a las actas procesales que conforman el presente asunto. Igualmente, el Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ titular de la Cédula de Identidad No. 3.142.317, quien dijo ser apoderado judicial de la parte actora, no obstante de una revisión de las actas procesales esta Juzgadora evidenció que no cursa a los autos poder alguno que acredite dicha representación, motivo por el cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Desistido el procedimiento y Terminado el presente proceso en vista de la incomparecencia de la parte actora la ciudadana HILDA MARGARITA MENDEZ DE LEÓN a la celebración de la audiencia preliminar. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abog. Carmen Leticia Salazar
Los presentes,
La Secretaria,
Abog. Adriana Bigott
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