REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de agosto de dos mil once (2011).
201º y 152º

ASUNTO: AP51-V-2010-012980
MOTIVO: IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO
PARTE ACTORA: YORVIT ADOLFO TORREALBA URBINA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARLOS GARCIA ARENAS.
PARTE DEMANDADA: EVELYN OCAMPO GOMEZ.
APODERADO JUDICIAL: INES SERRADA:
Niño y/o Adolescente: (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)

Vista la diligencia que antecede de fecha 11 de agosto de 2001, suscrita por el abogado JUAN CARLOS GARCIA , inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 95.240, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano YORVIT TORREALBA ADOLFO URBINA, titular de la cédula de identidad número V- 13.568.445, mediante la cual desiste de la presente causa ello en virtud del acuerdo suscrito con la apoderada judicial de la parte demandada abogada INES SERRADA DE PADRON; este tribunal observa, que de la revisión exhaustiva del Sistema Juris 2000, se pudo evidenciar que efectivamente los ciudadanos antes mencionados, mediante diligencia de fecha 11/0872011, llegaron aun acuerdo presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito judicial. En consecuencia esta Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento efectuado por la parte actora le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones que fue suscrito. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ.

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS

LA SECRETARIA,

ABG. ROBSY RIVAS.