REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Caracas, once (11) de agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-01337
Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano DANILO ANTONIO MONSALVE BONILLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.141.152, actuando en beneficio de sus hijos los niños (Se omiten sus identidades), debidamente asistido por la abogada DALENA CARDENAS, quien actúa en su carácter de Defensora Pública Décima Primera (11°) en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados adolescentes; este Tribunal, vista el acta de esta misma fecha 11/08/2011, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano JOHANNY RAFAEL MONSALVE BONILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.501.434, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de los niños (Se omiten sus identidades). Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante, una vez consigne los fotostatos. Cúmplase.
La Juez,
Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,
Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG.