REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º)de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 01 de agosto de 2011


ASUNTO: AP51-S-2010-011098

SOLICITANTE: LENDER JOSE DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nor. V-15.723.614.
ABOGADO ASISTENTE: RAMON LISCANO, actuando en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto del Ministerio Publico.
ADOLESCENTE: SE OMITEN DATOS, de quince años de edad.
MOTIVO: TUTELA

Se dio inicio a la presente solicitud de fecha 23 de junio de 2010, mediante escrito presentado por el abogado RAMON LISCANO, actuando en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto del Ministerio Publico, en interés de los derechos del adolescente ENDER JOSE DELGADO RAMÍREZ, de quince años de edad, a solicitud del ciudadano LENDER JOSE DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nor. V-15.723.614, mediante la cual solicita la apertura del procedimiento de Tutela correspondiente, por cuanto en los actuales momentos tiene bajo su cuidado, protección y responsabilidad de su hermano el adolescente de marras, en virtud de la muerte de su madre.
En fecha 30/06/2010, se le dio entrada y se admitió, fijando oportunidad para la comparecencia de los testigos, postulados para formar parte integrante del Consejo de Tutela a favor del referido adolescente.
En fecha 09/11/2010, se deja acta constancia de la comparecencia del adolescente de marras, quien expuso de conformidad con lo establecido en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño, Niña y Adolescente lo siguiente:
“Yo estudio cuatro (4to) año de informática, en UEC Fuente de Salvación, en la Dolorita-Petare, yo he vivido toda la vida con mi hermano, desde que mi mamá falleció, bueno yo siempre he contado con mi hermano, él es el que cubre todas mis necesidades en cuanto a vestido, calzado, educación, alimentación, por esa razón estoy de acuerdo a que sea mi Tutor, y del Consejo de tutela impuesto”
En esa misma fecha se dejo acta constancia de la comparecencia de los ciudadanos JESUS ALBERTO ZAMBRANO VILLAMIZAR, JORGE ARTURO PIÑANGO, EDGARDO RAFAEL CARO ARIAS, y YEANDER RICARDO MORENO MONASTERIO, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.834.830, V-14.583.267, V-14.534.525, y V-14.848.449, respectivamente quienes aceptaron el cargo como Miembros del Consejo de Tutela.
En fecha 25/11/2010, se dejo acta constancia de la comparecencia de los ciudadanos LENDER JOSE DELGADO, y MARIA VICTORIA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.723.614, y V-15.662.445, respectivamente quienes aceptaron el cargo de Tutor y Suplente del Protutor, respectivamente.
Posteriormente, en fecha 29/03/2011 y 07/07/2011, se recibió diligencia suscrita por el Fiscal, solicitando se fije nueva oportunidad para la comparecencia de la ciudadana IVONNE MARGARITA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 6.116.604, a fin de que acepte el cargo de protutor para la cual a sido propuesta.
En fecha 21/07/2011, la Abg. Joocmar Oviedo Contreras, se ABOCO al conocimiento de la presente solicitud y fijo oportunidad para la comparecencia de la ciudadana IVONNE MARGARITA RODRIGUEZ, antes identificada, a los fines de que acepte el cargo de protutor, para la cual fue protesta.
En fecha 28/07/2011, se dejo acta constancia de la comparecencia de la ciudadana IVON MARGARITA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.116.604, quien acepto el cargo de Protutor.
Ahora bien, vista la juramentación y aceptaciones de los cargos propuestos en el presente procedimiento en fechas 09 y 25/11/2010, y 28/07/2011, realizadas primero: por el ciudadano LENDER JOSE DELGADO, ut supra identificado, con el cargo de TUTOR, la ciudadana IVONNE MARGARITA RODRIGUEZ como PROTUTORA; la ciudadana MARIA VICTORIA GARCIA, como SUPLENTE DEL PROTUTORA; y los ciudadanos JESUS ALBERTO ZAMBRANO VILLAMIZAR, JORGE ARTURO PIÑANGO, EDGARDO RAFAEL CARO ARIAS, y YEANDER RICARDO MORENO MONASTERIO, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, del adolescente ENDER JOSE DELGADO RAMÍREZ, de quince (15) años de edad, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 313 y 314 del Código Civil, DISCIERNE los cargos antes mencionados, con todos los deberes inherentes al mismo a dichos ciudadanos, en consecuencia, se decreta la Tutela Interina a favor del adolescente SE OMITEN DATOS. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión y de la solicitud, para lo cual se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos respectivos, y una vez que conste ello en autos se proveerá lo conducente. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ


Abg. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
LA SECRETARIA,


Abg. SHIRLEY FARFÁN GÓMEZ

En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,


Abg. SHIRLEY FARFÁN GÓMEZ

JOC/SF/mm.