REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de diciembre de dos mil once
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004251
PARTE ACTORA: EDGAR RUBIO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IRIS GALLEGO
PARTE DEMANDADA: VENEZUELA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON VILLARROEL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy quince (15) de diciembre de dos mil once, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, asimismo se deja constancia la comparecencia de la parte demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A por medio de su apoderado judicial ciudadano NELSON VILARROEL, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 88.192; según consta de poder inserto a los autos en consecuencia y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Se hace saber a la parte actora que podrá ejercer su recurso de apelación dentro de los 5 días que a partir de la presente fecha. Años 152 ° y 201 °.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
La Secretaria
Abg. María Verushka D-
La parte demandada.
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