ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005700

PARTE ACTORA: MARICELA MORA PALACIOS
PARTE DEMANDADA: CORP BANCA, C.A. (BANCO UNIVERSAL)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS RAFAEL OQUENDO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, 15 de diciembre de 2011, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del abogado LUIS RAFAEL OQUENDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 19.610, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, CORP BANCA, C.A. (BANCO UNIVERSAL) C.A. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana MARICELA MORA PALACIOS, no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Juez

Yrma Romero

El Secretario


Mario Colombo



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.




El Secretario


Mario Colombo