REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-002243
Visto el escrito transaccional presentado en fecha ocho (08) de diciembre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa FOSPUCA BARUTA,C.A., representada por su apoderada judicial la abogada en ejercicio ADRIANA VIRGINI BRACHO GARCIA , I.P.S.A. Nro. 138.491, y por la otra, el ciudadano LUIS OSECHAS , titular de la cédula de identidad Nro. 15.701.125 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada ADRIANA BRACHO, I.P.S.A. Nro. 138.491, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 30.000,00, mediante cheque que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
El Secretario
Abg. Olga Romero
Abg. Tomas Mejías
|