REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-002360
Visto el escrito transaccional presentado en fecha trece (13) de diciembre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa BUMERAN.COM VENEZUELA, S.A., representada por su apoderada judicial la abogada en ejercicio BARBARA CAMPISCIANO , I.P.S.A. Nro. 146.199, y por la otra, la ciudadana JOHANA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 17.775.190 en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por la abogada LISETTE GARCIA, I.P.S.A. Nro. 106.695, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 76.230,98, mediante cheque que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En relación con las copias certificadas solicitadas, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Jueza

El Secretario
Abg. Olga Romero
Abg. Tomas Mejías