REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de diciembre de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-004194

Vista la diligencia presentada por la ciudadana , titular de la cédula de identidad N° 4.680.599, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN NETO, I.P.S.A N° 117.066, y por la otra parte la ciudadana ROSARIO GARCIA abogada en ejercicio I.P.S.A.N° 46.909 actuando en su carácter apoderado de la empresa FESTIMATEL, C.A., parte demandada, mediante la cual presentan ESCRITO DE TRANSACCION, luego de hacerse recíprocas concesiones las partes, convinieron en que la parte demanda paga a la ciudadana A MARISOL DE LOS ANGELES APONTE MOYA, la cantidad de TRES MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.000,00), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal HOMOLOGA la presente transacción; dándole efectos de cosa juzgada y ordena dos (2) juegos de copias certificadas de esta transacción y del presente auto. Asimismo, al quinto (5°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, a esta fecha se ordenará el cierre informático y archivo del expediente.

El Juez

El Secretario

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo


Abg. Luís Barranco