REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Doce (12) de Diciembre de dos mil once (2011)
201º y 152°
ASUNTO: AP21-L-2011-004161
PARTE ACTORA: MAIKEL FIGUERA CORRO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: SUKIHANA EXPRESS.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NOSLEN TOVAR CAMEJO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Lunes Doce (12) de Diciembre de 2011, siendo las 11:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar el Inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma ciudadano MAIKEL LEONAR CORRO, titular de la cédula de identidad Nº 13.571.962, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente este Tribunal deja constancia de la comparecencia del abogado NOSLEN TOVAR CAMEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.059, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada la empresa GREIN FOOD SOLUTION, este tribunal deja constancia que la parte demandada es la empresa Grein Food Solutión según poder que consigna en este acto, y no Sukihana Express en virtud de ser la marca. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 152°.

El Juez

Abg. Miguel Yilales Zurita

La Secretaria.

Las Partes Abg. Maylent Lunar.

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