REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, quince (15) de diciembre de Dos Mil Once (2011)
Años 201º y 152º
ASUNTO: AP11-M-2011-000600.-
Vista la diligencia presentada en fecha 14 de diciembre de 2011, por el ciudadano DORLYNG LIZ CAMEJO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.947, actuando en su carácter de apoderada judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A, así como el pedimento a que se contrae la misma, contentivo de la solicitud de que se provea en cuanto a los particulares cuarto y quinto del libelo de demanda, a tal efecto este Juzgado ordena incluir en el decreto intimatorio de fecha 01 de diciembre de 2011 los intereses de mora que se sigan generando hasta la fecha definitiva y efectiva de pago de las cantidades de dinero antes referidas, los cuales deberán ser calculados mediante experticia complementaria del fallo, así como a las costas y costos del presente procedimiento. Así se decide.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ .-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En esta misma fecha se publicó y se registró la anterior decisión siendo las 03.00 P.M.
LA SECRETARIA,
LRHG/MGHR/CARLA.-
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