En el día de hoy, Veintiuno (21) de Diciembre del año Dos Mil Once (2011), siendo las doce y treinta minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Leopoldo Micett Cabello, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 50.974, los auxiliares de justicia, ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La General de Depósitos, S.A., y el perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Apartamento identificado con el numero setenta y tres (Nro. 73), de la Planta Piso 7, que forma parte del Edificio denominado Residencias Valeria, ubicado con frente a la Avenida Sojo de la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, a fin de practicar de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (CUOTAS DE CONDOMINIO) sigue la sociedad mercantil ADMINISTRADORA IBIZA, C.A. contra el ciudadano NELSON LABRADOR CASTRO, titular de la cedula de identidad No. V.-6.219.294.-Una vez a las puertas del inmueble, señalado por la representación de la parte actora para constituirse el Tribunal, se procede a dar los toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargado ejecutivamente el inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero setenta y tres (Nro. 73), ubicado en la Planta Piso 7 del Edificio Residencias Valeria, ubicado con frente a la Avenida Sojo de la Urbanización El Rosal, Municipio Chacao, Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en el documento de propiedad que fue consignado previamente en fotocopias simples y agregado al presente expediente, donde se evidencia que el demandado en el presente proceso es el propietario del mismo, y protocolizado dicho documento por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha veintiocho (28) de Junio del año Dos Mil Dos (2.002), bajo el numero 47, Tomo 16 del Protocolo Primero.-Es todo-En este estado el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el realizado, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble constituido por un Apartamento identificado con el numero setenta y tres (Nro. 73), de la Planta Piso 7, que forma parte del Edificio denominado Residencias Valeria, ubicado con frente a la Avenida Sojo de la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, con una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados con sesenta y cuatro decímetros cuadrados (50,64 mts2), consta de una (1) sala-comedor, un (1) dormitorio con un (1) closet, un (1) baño, un (1) closet de lavado y una (1) jardinera, y esta comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con la fachada norte del edificio y el apartamento numero 75; Sur: Con pasillo de circulación que lo separa del apartamento numero 74; Este: Con el apartamento numero 72; y, Oeste: Con el apartamento numero 75. Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento identificado con el numero 42 y un (1) maletero identificado con el numero 30, ambos ubicados en el sótano 3 del Edificio. Los linderos y medidas del puesto de estacionamiento y del maletero son: Puesto de estacionamiento Nro. 42: Tiene un área total aproximada de dieciséis metros cuadrados con sesenta y tres decímetros cuadrados (16,63 mts2) siendo sus linderos: Norte: Con el área de circulación vehicular; Sur: Maletero numero 30; Este: Con el puesto de estacionamiento numero 41; y, Oeste: Con el maletero numero 31.- El Maletero Nro. 30: Tiene una superficie total aproximada de cuatro metros cuadrados con cincuenta y ocho decímetros cuadrados (4,58 mts2) y sus linderos son: Norte: Con el puesto de estacionamiento numero 42; Sur: Con la fachada sur del edificio; Este: Con el maletero numero 29 y el puesto de estacionamiento numero 41; y, Oeste: Con el maletero numero 31. Al inmueble le corresponde una alícuota del 2,032650755% sobre las cosas de uso común y cargas de la comunidad de propietarios; y le pertenece a la parte demandada en el presente proceso, ciudadano Nelson Labrador Castro, titular de la cedula de identidad Nº V.-6.219.294, segundo documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha veintiocho (28) de Junio del año Dos Mil Dos (2.002), bajo el Nro. 47, Tomo 16, Protocolo Primero, que riela inserto a la presente comisión bajo los folios siete (07) al trece (13) ambos inclusive, en copias fotostáticas; y lo pone bajo la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la General de Depósitos, S.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-Seguidamente el perito avaluador designado al efecto, expone: Estimo un valor prudencial aproximado al inmueble objeto de la presente medida en la cantidad de Sesenta y Cinco Mil Bolívares (Bs. 65.000,00).-Es todo.-El Tribunal, ordena agregar a la presente acta el recaudo consignado por la representación de la parte actora a fin de que forme parte integrante de las presentes actuaciones y surta los efectos legales consiguientes y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las dos y treinta minutos de la tarde.-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR




ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR




EL PERITO AVALUADOR EL DEPOSITARIO JUDICIAL




LA SECRETARIA.
Abg. Josefa Mantilla
Exp: 11-2925