REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, nueve (09) de diciembre de 2011.
Años: 201º y 151º

Vista la diligencia presentada en fecha 07 de diciembre de 2011, por la abogada Conny Garcia, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.522, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante desiste de su solicitud realizada en fecha 05 de diciembre de 2001, y solicita se le expida copia certificada de todo el expediente hasta el folio 518, y de la totalidad de los Cuadernos de Medidas, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas peticionadas, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, exceptuando aquellos folios cursantes a los autos desde el folio 63 al 80, de los folios 84 al 117, de los folios 135 al 141, de los folios 157, 159, 161, 163, 165, 166, 170, 172, 175, 178, 181, 192, 193, 194, 201, y 207, de los folios 215 al 217, de los folios 222, 227, 229, 240, y 250, de los folios 258 al 261, y de los folio 272 al 276, de los folios 280, 315, 316, 364 hasta el folio 370, respectivamente, por cuanto los mismos rielan en copias simples. Asimismo, se acuerda expedir copias certificadas de la totalidad de los dos (2) Cuadernos de Medidas surgidos en la causa.- Líbrense copias certificadas. Cúmplase.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes El Secretario,

VJGJ/RDM/grisel Exp. 10143 Abg. Richars Domingo Mata