REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas dieciséis (16) diciembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2010-001413
En el día de hoy, viernes(16) de diciembre del Dos Mil Once (2011), siendo las 10:30 a. m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria, en el presente juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES ha incoado el ciudadano PEÑA SIMANCAS CLAUDIO JOSE , de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 5.495.491 contra la CORPORACION CANDYVEN En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente expediente signado con el N° AP21-L-2010-001413. Anunciado como ha sido el acto en la Sala de Comparecencia de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia que se encuentra presente la Dra. JENNIFER BRIZUELA , inscrito en el Inpreabagado bajo el 98.831 apoderado judicial de la parte demandada, y el abogado MARCOS SOMANA, inscrito en el Inpreabagado bajo el numero 88.930 representante judicial de la parte actora . EN ESTE ESTADO de la causa a la representación judicial de la parte demandada da el cumplimiento voluntario de la sentencia definitivamente firme ofrece la cancelación de la condenada CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS ( Bs 57.832, 70) ,en seis (06) partes la primera por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs 10.000,00) en fecha el día Lunes 16 de enero de 2012,
la segunda por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs 10.000,00) en fecha el día jueves 16 de febrero de 2012, la tercera por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs 10.000,00) en fecha el día viernes 16 de marzo de 2012, la cuarta por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs 10.000,00) , en fecha el día lunes 16 de abril de 2012, la quinta por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs 10.000,00) en fecha el día martes 16 de mayo de 2012, y la ultima para el día lunes 18 de junio de 2012 por la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs 7.832,70) todos los pagos se realizar por la URDD de este Circuito Laboral, la representación judicial de la parte actora acepta conforme el ofrecimiento realizado por la empresa demandada. La parte demandada solicitan la homologación del cumplimiento voluntario de la sentencia . Este tribunal homologa el cumplimiento voluntario en todos y cada uno de los términos expuestos. Y dará por terminada la causa una vez que conste en auto el ultimo pago a favor del ex trabajador. Es todo , se leyò y conformes firman .
LA JUEZ
LUISA AVILA TORRES



LA SECRETARIA
KEYU ABREU