REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, catorce (14) de Diciembre de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-020924
Motivo: Título de Únicos y Universales Herederos
Solicitante: MAYERLIN DIANELA OJEDA RENGIFO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.048.726
Abogado: AMELIA RODRIGUEZ, Defensora Pública Octava (8va)
De Cujus: ERIXON ELIAS RAMIREZ FABRITA

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por Título de Únicos y Universales Herederos, presentó la ciudadana MAYERLIN DIANELA OJEDA RENGIFO, ut supra identificada, actuando en nombre de sus hijos, asistida por la Abogada AMELIA RODRIGUEZ, Defensora Pública Octava (8va), este Tribunal, observa del acta de fecha 01/12/2011, cursantes al folio 16 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de los testigos, ciudadanos LUIS ALEJANDRO MUJICA SALAS y MARILYN GEORGETTE MIJARES LIRA, plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor de la ciudadana: MAYERLIN DIANELA OJEDA RENGIFO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.048.726 en sus hijos, los niños (SE OMITE SUS IDENTIDADES), de diez (10) y seis (6) años de edad respectivamente; como beneficiarios del de cujus ERIXON ELIAS RAMIREZ FABRITA, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° V-15.301.440. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día catorce (14) de Diciembre dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ,

Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. ADRIANA MIRELES



LCD/AM/Brey*