REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto Superior Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de enero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO : AP21-R-2010-001305
Vista la diligencia presentada en fecha 24 de enero de 2011 por el abogado LUIS LEMUS, apoderado judicial de la parte actora recurrente, mediante la cual procede a DESISTIR del recurso de apelación ejercido en contra de la sentencia de fecha 10/08/2010 del dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, que declaró sin lugar la demanda incoada por Héctor Enrique Molina en contra de la sociedad mercantil Banco de Venezuela c.a.. En consecuencia, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, previa revisión del instrumento poder cursante al folio 15 de la primera pieza del expediente, en el cual se evidencian las facultades del prenombrado abogado, imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y una vez vencido el lapso para recurrir de la presente decisión se ordena la remisión del asunto al Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo con el objeto de que proceda a dar por terminado el asunto y ordene el archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.
Felixa Isabel Hernández León
Juez Titular
El Secretario
Julio Hernández