ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004607
PARTE ACTORA: VILENA ANGELA GOMEZ LANDA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO
PARTE DEMANDADA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ALARCON
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

En el día hábil de hoy diecinueve (19) de enero de dos mil once (2011), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Despacho, la Abogada MARIA ALARCON, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 96.452, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., quien presentó copia fotostática de instrumento poder del cual se desprende su representación. En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana VILENA ANGELA GOMEZ LANDA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA
ABG. KEYU ABREU