ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005382
PARTE ACTORA: ZAIDA PROVIDENCIA BASTARDO SUAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:ZAIDA PROVIDENCIA BASTARDO SUAREZ y MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MOTIVO: DAÑOS MATERIALES Y DAÑO MORAL

En el día hábil de hoy, siete de enero de dos mil once, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, situación contraria con la parte demandada, que compareció por intermedio de su apoderado judicial, abogado HERNAN BONALDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.826 quien acredita su representación mediante la consignación de carta poder; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez


Abg. Neyiree Toledo

Parte Demandada






El secretario