REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 24 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO: AH12-S-2008-000237
SOLICITANTES: LUIS ENRIQUE VILLAMIZAR RODRIGUEZ y MILAGROS DEL VALLE MOYA GONZALEZ: venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 11.407.846 y 12.961.482 respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: MARIA DEL PILAR CAICEDO DA SILVA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 107.165:
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES:
Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado de Primera Instancia Distribuidor de Turno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En el cual mediante escrito de fecha 29 de Febrero de 2008, los solicitantes ciudadanos LUIS ENRIQUE VILLAMIZAR RODRIGUEZ y MILAGROS DEL VALLE MOYA GONZALEZ: venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 11.407.846 y 12.961.482 respectivamente., debidamente asistidos por la ciudadana MARIA DEL PILAR CAICEDO DA SILVA abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.165, solicitaron por ante este Tribunal, los declarara legalmente Separados de Cuerpos y Bienes, lo cual fue proveído en fecha 02 de mayo de 2008, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil y en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
Alegaron los cónyuges en su escrito, que contrajeron matrimonio por ante La Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, el día 28 de octubre de 2005, según consta de acta de Matrimonio Nro.150.
Posteriormente mediante escrito de fecha 17 de junio de 2009 compareció la ciudadana MILAGROS DEL VALLE MOYA GONZALEZ, debidamente asistida por el abogado ELEAZAR LANDAETA y solicitó la Conversión en Divorcio en la presente causa, por cuanto ha transcurrido más de un año sin haber ocurrido la reconciliación entre ellos, asimismo, se acordó la notificación del ciudadano LUIS ENRIQUE VILLAMIZAR RODRIGUEZ, el cual fue debidamente notificado en fecha 26-06-2009.
Encontrándose el Tribunal en la oportunidad legal para decidir, pasa a hacerlo previa las siguientes consideraciones:
PRIMERO: La solicitud de conversión de divorcio esta fundamentada en causa legal tal como es el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De los autos se evidencia que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos en los procedimientos de esta índole.
TERCERO: De los autos se observa que ha transcurrido el lapso de Ley, es por lo que este sentenciador estima procedente la solicitud de Conversión en Divorcio formulada por los ciudadanos GLADYS CARDIET DE D`AMELIO y SALVATORE D`AMELIO VICARIO, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.607.494 y 10.800.828 respectivamente, al haberse cumplido los extremos de Ley. ASI SE DECIDE.
En virtud de todas las anteriores consideraciones este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara con lugar la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y Bienes de los ciudadanos LUIS ENRIQUE VILLAMIZAR RODRIGUEZ y MILAGROS DEL VALLE MOYA GONZALEZ: venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 11.407.846 y 12.961.482 respectivamente. En consecuencia queda disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ante La Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, el día 28 de octubre de 2005, según consta de acta de Matrimonio Nro. 150.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ.- LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En esta misma fecha se registró y público la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
Asunto: AH12-S-2008-000237
osmary
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