REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011)
200º y 151º

ASUNTO: AP31-V-2010-001724
PARTE ACTORA: TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A.
PARTE DEMANDADA: PAOLO ANTONIO RANIERI TOVAR
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

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Vista la diligencia anterior, de fecha 21 de enero de 2011, suscrita por la abogada RAIZA C. BATISTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.617, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A., mediante la cual manifiesta desistir de la acción legal emprendida contra el ciudadano PAOLO ANTONIO RANIERI TOVAR; al respecto este Tribunal observa que dicha apoderada está facultada para desistir, según consta de poder otorgado en fecha 4 de abril de 2006, ante la Notaría Pública Trigésima Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, y el presente juicio se trata de materia en las cuales no están prohibidos las transacciones.
En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento de la acción presentado ante la Secretaría de este Despacho en fecha veintiuno (21) de enero de dos mil once (2011), teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en los artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de enero de dos mil once (2011). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,

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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB
En la misma fecha (27.01.2011), siendo las (02:15 p.m.) se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB
ZMRZ/VRCH/Francis.
ASUNTO Nº AP31-V-2010-001724.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


CERTIFICACIÓN:
Abg. VIOLETA RICO CHAYEB, Secretaria Titular del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas al asunto Nº AP31-V-2010-001724, contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, interpuesta por la empresa TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A., contra el ciudadano PAOLO ANTONIO RANIERI. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011). Años: 200º y 151º.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.





VRCH/Francis.-