REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 28 de Enero de 2011
Año 200° y 151°


ASUNTO N°: AP21-S-2010-001621

Vista la transacción presentada en fecha 21 de enero de 2011, suscrita por la parte Oferida, ciudadano RUBEN JOSE MAIZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.639.627, debidamente asistido por la abogada NELLY VALDERRAMA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 126.941, por una parte y por la otra la abogada CAROLINA DAZA CONSUEGRA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 145.717, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Capital) y Estado Miranda, en fecha 28 de Febrero de 1975, bajo el Nº 23, Tomo 8-A, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CINCUENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON 07/100 (Bs.50.356,07), este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA

ANABELLA FERNANDES