REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, 21 de enero de 2011
200° y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-021125
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LEIDI MIRIVIC GALINDEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.337.455; debidamente asistida por la abogada Zuly Hernández Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68888, mediante la cual solicita a este Despacho Judicial, se le nombre CURADOR AD-HOC a su hijo, (X), de doce (12) años de edad; una vez examinados cuidadosamente los recaudos que la acompañan, y verificado el contenido del acta que antecede, en la cual consta la aceptación al referido cargo, por parte de la ciudadana HILDA MARGARITA ECHARRY SILVA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.056.449, este Tribunal, en uso de sus facultades legales, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, acuerda DISCERNIR en la persona de la ciudadana antes identificada, el cargo de CURADORA AD-HOC del niño (X). Expídanse por Secretaría las copias certificadas que se requieran, y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, a los fines de que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez,
La Secretaria,
Abg. Jorge Gustavo Mirabal.
Abg. Lucy Massiel Pedroza.
JGM/KES/Antonio Falcón*
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