REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Caracas, Doce (12) de Enero de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2010-021327
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, suscrita por los ciudadanos ADRIAN ANTONIO MUÑOZ MERCADO y OLIS DEL VALLE BLANCO CARRERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V.-10.716.884 y V.7.943.868, respectivamente, debidamente asistidos de abogado. Désele entrada a dicha solicitud, anótese en los libros respectivos y se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley; ahora bien, visto el acuerdo al que llegaron los ciudadanos antes identificados, con relación a la Liquidación, Partición y Adjudicación de la Comunidad Conyugal y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Liquidación, Partición y Adjudicación del bien inmueble de la Comunidad Conyugal, constituido por un apartamento distinguido con el N° C-1-4, , Ubicado en la Planta Primer Piso de la Torre “C” de la Tercera Etapa del Conjunto denominado Parque Residencial Avila Humboldt, situado en la Tercera Etapa de la Urbanización Palo Verde, hacia el lugar denominado Fila de Mariches, antigua carretera Petare-Santa Lucía, en Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, según copia del documento de Liberación de Hipoteca, consignado en autos, y emanado por la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Miranda, de fecha 07 de Mayo del año 2001, quedando anotado bajo el folio N° 17, Tomo 10, Protocolo Primero; de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídase por Secretaría, copias certificadas de la presente resolución y entréguese a las partes interesadas a los fines de que surtan los efectos legales consiguientes, por intermedio de la Oficina de Atención al Público y se ordena el CIERRE y ARCHIVO del expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ.
ABG. KATERY ROJAS.
AP51-V-2010-021327
Luis Serrano.