REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de niños Niñas y Adolescentes.
Caracas, Veintiuno (21) de Enero de 2011.
200° y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-019299

Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUIS ERNESTO CHAVEZ BELLO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.351.471, debidamente asistido de abogado; visto igualmente la justificación promovida y evacuada al efecto, en especial la deposición de los testigos, ciudadanos LISBETH COROMOTO CHAVEZ DE ARIAS y OSLANDO ANTONIO TORRES SERRANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nº V-10.351.492 y V-13.420.022, respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código Civil Vigente, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus ONEIDA JOSEFINA HERRERA DE CHAVEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-10.952.950, a su cónyuge LUIS ERNESTO CHAVEZ BELLO, antes identificado, y a sus hijos SE OMITEN LOS NOMBRES DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, titulares de las cédulas de Identidad N° 26.741.131, 24.883.526 y 20.594.917, respectivamente, representados por su progenitor LUIS ERNESTO CHAVEZ BELLO, ya identificado. Devuélvase en original todas las actuaciones previa su certificación en autos, expídanse las copias que requiera la parte interesada y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada en su oportunidad correspondiente, así mismo se acuerda remitir al Coordinador de archivo, copias certificadas de las actuaciones, a los fines de su archivo correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Abg. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ.
Abg. ZENOBIA ERAZO.
AP51-J-2010-019299
Luis Serrano.