REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Segundo Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, 18 de enero de 2011
200º y 151º
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente de COLOCACION FAMILIAR, incoado por la ciudadana ELIZABETH CAROLINA HERNANDEZ LINAREZ, debidamente asistida en ese acto por el Dr. ABRAHAM BLANCO, en su carácter de Defensor Público Décimo Sexto con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas, actuando a favor del niño SE OMITEN DATOS, de cuatro (04) años de edad; y en especial el auto de admisión que antecede de fecha 16 de diciembre de 2010, en el cual este Tribunal dictó DESPACHO SANEADOR por un lapso perentorio de cinco (05) días de Despacho siguiente al de hoy; a los fines de que la parte actora diera cumplimiento a lo establecido en el Artículo 456 literal a) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente; y en virtud de que ha transcurrido el lapso perentorio fijado por este Tribunal; es por lo que este Juzgador DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento de COLOCACION FAMILIAR y en consecuencia se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto previa la devolución de los originales, una vez quede firme el presente fallo.
El Juez
Abg. William A. Páez J.
La Secretaria
Abg. Anadis Ochoa
Exp.AP51-V-2010-019419
WAPJ/AO/leyda
Colocación Familiar
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