REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-000852
PARTE ACTORA: JAIRO ALFREDO MORON QUINTERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN BAUTISTA REYES
PARTE DEMANDADA: AGENCIA BOLIVARIANA DE NOTICIAS y AGENCIA VENEZOLANA DE NOTICIAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: INDIRA VERONICA MEDINA
MOTIVO: COBRODE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy dieciséis (16) de febrero de dos mil once (2011), siendo las 2:00 P. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano JAIRO ALFREDO MORON QUINTERO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, no obstante el Tribunal haber esperado un lapso de 20 minutos, tomando en consideración el principio de flexibilidad del proceso, en el entendido de que las partes se encuentran en conversaciones a los fines de llegar a un acuerdo, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °. En esta misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión.

EL JUEZ

EL SECRETARIO

ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO

ABOG. GLORIA MEDINA