REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000306
Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción presentada por la abogada MARÍA EPELDE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 105.131, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, SERVICIOS TOLDECA, C.A., y por el ciudadano JULIO CÉSAR SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 14.328.975, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada JENNIFER WIURTT, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 144.624, mediante la cual la parte demandada cancela la cantidad de Bs. 11.771,33, a la parte oferida, mediante cheque de gerencia N° 57601025, girado contra la cuenta N° 01910098752198029880, del Banco Nacional de Crédito, de fecha 07 de febrero de 2011; e igualmente recibe la autorización para retirar del fideicomiso depositado en el Banco mencionado la cantidad de Bs. 9.839,36, para un total de Bs. 21.610,69; manifestando la parte oferida que nada más le adeuda la empresa por los conceptos mencionados en el escrito transaccional; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.
LA JUEZ

EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ CARLOS MORENO