REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo (10°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintiuno (21) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2011-0000165
PARTE OFERENTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: GERARDO HENRIQUEZ
PARTE OFERIDA: MARIA QUINTANA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: MAIR ALMALEH
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto escrito de Transacción de fecha 16 de febrero de 2011, presentada por los ciudadanos MAIR ALMALEH, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 44.067, quien asiste a la parte Oferida ciudadana MARIA QUINTANA, cédula de identidad Nº V-635.995 y GERARDO HENRIQUEZ, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 36.225, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.; este Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; cuyo monto fue por Bs. F. 30.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial, una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos pertinentes. Así se establece.-

La Juez

Yrma Romero



La Secretaria

Keyu Abreu