REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo (10°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veinticuatro (24) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2011-0000335
PARTE OFERENTE: GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARIA MENDOZA
PARTE OFERIDA: JUAN CASTILLO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: ALEXANDER PEREZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto escrito de Transacción de fecha 22 de febrero de 2011, presentada por los ciudadanos ALEXANDER PEREZ, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 63.145, quien asiste a la parte Oferida ciudadano JUAN CASTILLO, cédula de identidad Nº V-82.124.354 y MARIA MENDOZA, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 119.082, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A.; este Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; cuyo monto fue por Bs. F. 49.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial, una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos pertinentes. Así se establece.-
La Juez
Yrma Romero
La Secretaria
Keyu Abreu
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