ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-006200
PARTE ACTORA: LIGIA RIVERO
PARTE DEMANDADA: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO RODRIGUEZ
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy nueve (9) de febrero de dos mil once, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ FERRARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 25.422, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, consignó copia simple de instrumento poder constante de tres (3) folios útiles. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana LIGIA RIVERO no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
La Juez
La Secretaria
Yrma Romero
Keyu Abreu
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Keyu Abreu
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