ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
EXPEDIENTE: AP21-L-2011-0000005.
LA PARTE ACTORA: ALBEIRO AMAYA VELOZA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.
LA PARTE DEMANDADA: RESTAURANT TERRAZAS STEAK HOUSE, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE PARTE DEMANDADA: ANDRES EDUARDO MARIÑO ROSALES.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.-

En el día de hoy, viernes cuatro (4) de Febrero de 2011, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, y compareció por ante Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, la abogado ANDRES EDUARDO MARIÑO ROSALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.344, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, RESTAURANT TERRAZAS STEAK HOUSE, C.A., carácter que se evidencia de Sistema Juris 2000, según sustitución de poder, que le fuere realizado mediante diligencia de fecha 3 de Febrero de 2011; seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano ALBEIRO AMAYA VELOZA, venezolano, titular de la cédula de identidad número 18.379.464, ni por sí ni por medio de apoderados judiciales algunos; en virtud de lo cual el este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
LA JUEZA,
ABOG. JHACNINI TORRES

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,
ABOG. MARÍA DÁVILA