REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de febrero de 2011
Años 200° y 151°

ASUNTO: AP21-S-2011-000263

Visto el escrito transaccional presentado en fase de sustanciación, por la ciudadana Ania Morales, cédula de identidad N° 20.175.687, parte oferida, asistida por el abogado Noslen Tovar y, el abogado Jesús Antonio Leopoldo, apoderado judicial de la parte oferente Administradora Yamin Gourmet, C.A., el 11 de febrero pasado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, cuyo monto transigido es por BOLÍVARES DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 2.644,24), se revisó el mismo observándose que contiene una relación circunstanciada de los hechos que la originan, los derechos comprendidos en ella, cumpliendo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, que se logra libre de apremio y coacción, que la parte actora ciudadana Ania Morales conoce los términos de la presente transacción, en consecuencia se HOMOLOGA CON FUERZA DE COSA JUZGADA la transacción presentada, de acuerdo a lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente. Asimismo, se acuerdan las copias certificadas solicitadas de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Jueza La Secretaria

Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Jennifer Martínez