REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000227
Visto el escrito de transacción presentado en fecha 18 de febrero de 2011, por la parte oferida ciudadana YAMARA CARIDAD SUÁREZ GUDIÑO, titular de la cedula de identidad N°V-12.831.367, asistida por el abogado ALFREDO DE ARMAS BASTERRECHEA inscrito en el IPSA N° 22.804, y el abogado PEDRO ALBERTO PALAZZI OCTAVIO, inscrito en el I.P.S.A. N° 19.709, en su carácter de apoderado Judicial de la parte oferente INVERSIONES SPORT MEDICAL, C.A., a través del cual con la finalidad de poner término al procedimiento por oferta real de pago que cursa ante este Tribunal, las partes han transado por la cantidad de BOLIVARES CATORCE MIL BOLIVARES SON CENTIMOS (Bs. 14.000,00), este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Así se establece.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MILAGROS JIMÉNEZ
ABG. JENNIFER MARTINEZ
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