REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, primero de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-005021
Vista diligencia, suscrita en fecha 31 de enero de 2011, por las abogadas: CARMEN TERESA BLANCO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº101.945, en su carácter de apoderada judicial de la parte Accionante ciudadano JUAN JOSÉ PÉREZ ARAYAGO, cédula de identidad NºV-7.093.238, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales incoare en contra de PUBLICIDAD VEPACO C.A., y la ciudadana JUANA ANTONIA HERNANZ, abogada, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº91.919, en su carácter de representante judicial de la parte Demandada; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, verifica los instrumentos poderes de las partes, que cursan en autos y procede a HOMOLOGAR la Suspensión planteada por las partes en el presente asunto desde el 01 de febrero de 2011 hasta el 28 de febrero de 2011, ambas fechas inclusive y una vez vencida dicha suspensión continuará la prosecución de la causa, en tanto que el Tribunal procederá a la fijación de la Prolongación de la Audiencia Preliminar por auto separado. Así se decide.-
La Juez
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Jennifer Martínez