REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-005570
Vista diligencia, suscrita en fecha 01 de febrero de 2011, por los abogados: LENOR RIVAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº26.227, en su carácter de apoderada judicial de la parte Accionante ciudadana MARINA KATHERINE SÁNCHEZ GUIDO, cédula de identidad NºV-17.286.099, en el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoare en contra de la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., y el ciudadano GERARDO HENRIQUEZ, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº36.225, en su carácter de representante judicial de la parte Demandada; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, verifica los instrumentos poderes de las partes, que cursan en autos y procede a HOMOLOGAR la Suspensión planteada por las partes en el presente asunto desde el 01 de febrero de 2011 hasta el 15 de febrero de 2011, ambas fechas inclusive y una vez vencida dicha suspensión continuará la prosecución de la causa, en tanto que el Tribunal procederá a la fijación de la Prolongación de la Audiencia Preliminar por auto separado. Así se decide.-
La Juez
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Jennifer Martínez