REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, dos (02) de febrero de dos mil once (2011)

200° y 151°
Visto la diligencia de fecha 01 de febrero de 2011, suscrita por la Abogada ADRIANA LUCIA ZULUAGA CONSUEGRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.215, en su carácter de apoderada judicial de la empresa BANCO PLAZA C.A., identificado con el numero de Registro de Información Fiscal (RIF) J-00297055-3, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) y Estado Miranda el 9 de marzo de 1989, bajo el N° 72, Tomo 59-A-Pro., mediante la cual desiste del presente Recurso de Nulidad contra el Acto Administrativo emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), identificado como Certificación signada con el N° 005-2010 de fecha 11 de enero de 2010 y notificada en fecha 10 de febrero de 2010, y en virtud de no haberse practicado las notificaciones respectivas con respecto a la Admisión de dicho recurso, este órgano jurisdiccional de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento planteado por la parte, y en consecuencia se ordena el archivo del expediente. Archívese el expediente.
LA JUEZ
FLOR L. CAMACHO.
EL SECRETARIO.
TERRY GIL LEON.
Exp. Nº 2853-10/FC/TG/F.J.